Sistema de Permisos y Concesiones

Solicitud de constancia especial

DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE:

Las aguas superficiales (nacimientos, quebradas, ríos, lagunas, lagos, mares), son de propiedad nacional, las personas físicas o jurídicas que requieran utilizarlas deben solicitar concesión de aprovechamiento.: El trámite de concesión consiste en un procedimiento que implica tres etapas. Durante este proceso, se dan situaciones en que, paralelamente, el cliente tramita permisos para construcciones unitarias o en condominio. Esta solicitud permite obtener una constancia especial para tramitar tales permisos.

INFORMACIÓN GENERAL:

  • Al presentar la documentación será analizada por el Coordinador de Información para evaluar los requisitos técnicos.

  • Si cumple con los requisitos se traslada a la Asesoría Legal para evaluar los requisitos legales.

  • Al estar completa se elabora la constancia especial y se traslada al jerarca para su revisión final y firma.

  • El solicitante retira la constancia en la recepción.

REQUISITOS:

Requisitos obligatorios:
Deberán constar en el expediente:

  • Análisis físico-químicos y microbiológicos del agua, que cumpla con todos los parámetros establecidos en los niveles N1, N2, N3 y con menos de tres meses de efectuados.

  • Edicto publicado en La Gaceta.

Requisitos condicionales:
  • En caso de condominios, carta de no disponibilidad del ente operador del acueducto de la zona.

ASPECTOS LEGALES:

La constancia se emitirá apegada a las condiciones técnicas y legales que constan en el expediente y que no contravengan con las especificaciones del permiso de perforación o solicitud de concesión.